El deporte como una herramienta para la formación integral del estudiante y su marco jurídico

Lic. Juan María Belotti
Presidente de la Asociación del Deporte Amateur Universitario.
Director del Departamento de Extensión Recreativa y Deportiva de la Universidad de Morón. República Argentina

 

INTRODUCCION

El fin del presente trabajo pretende comunicar cómo el profundo espíritu y compromiso de la Universidad con la Extensión en todas sus posibilidades, permite a una Institución Privada, sin ningún tipo de aporte externo, a través de una eficiente administración, no sólo dar cobertura a las funciones de docencia e investigación, sino también garantizar la formación integral del hombre, y la promoción de valores humanos éticos y morales, a través del desarrollo de un Plan Integral de Extensión Universitaria.

Para concretar los objetivos de dicho plan, no sólo harán falta una firme convicción y decisión política para impulsar las políticas y programas de acción hacia dentro de la institución. La asociación y el trabajo conjunto con otras instituciones, y la promoción y sostenimiento de otras, serán herramientas necesarias para potenciar y optimizar la obtención de los objetivos propuestos.

Desde el Vicerrectorado de Posgrado y Extensión Universitaria, se impulsa la formación no sólo científico académica de los alumnos sino que, la máxima aspiración es formar profesionales que se constituyan en hombres y mujeres comprometidos con los valores esenciales del “ser humano”, por tal motivo fomentar espacios que generen relación de pertenencia y permitan el desarrollo tanto de habilidades como de talentos ajenos a la búsqueda del saber particular, pero propios y esenciales de la condición de personas, se constituye en un objetivo de gestión estratégico.

En el año 2001, el Consejo Superior, aprueba el denominado Programa de Extensión Universitaria, que se constituye en la herramienta adecuada para alcanzar la meta señalada.

LA UNIVERSIDAD DE MORÓN

La Universidad de Morón es una institución universitaria privada fundada el 18 de mayo de 1960, en la ciudad del mismo nombre; ubicada a 18 km. al oeste de la Capital de la República.

Comienza a funcionar bajo el régimen legal de la ley 14.557/58 que autoriza por primera vez en el país a la iniciativa privada, la creación de Universidades con potestad para expedir títulos habilitantes. Por tal motivo pasa a conformar el grupo de las primeras Universidades de gestión privada que comenzaron a funcionar en el país, y se financia exclusivamente por los aportes de las matrículas de sus alumnos.

Sin perjuicio del imperativo de la Ley de Educación Superior ha venido desarrollando ininterrumpidamente desde los años setenta, una extensa y creciente actividad de extensión.

La misión de la Universidad surge de su mismo Estatuto, que declara entre otros aspectos, que se trata de “una institución universitaria privada cuya propuesta es brindar educación y cultura superiores con calidad y excelencia académicas de conformidad con los postulados de la Constitución Nacional, y las normas legales aplicables en materia de Educación Superior.”

Su Estatuto, consigna claramente que entre sus fines se encuentran “contribuir a la preservación de la cultura nacional, promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus formas y desarrollar las actitudes y valores que requiera la formación de personas responsables con conciencia ética y solidaria y reflexiva, crítica, capaces de mejorar la calidad de vida, consolidar el respeto al medio ambiente , a las instituciones de la República y a la vigencia del orden democrático” y “ contribuir mediante publicaciones y toda actividad apropiada, a la difusión y a la preservación de la cultura en la sociedad , en el país y en el ámbito internacional”.

La Institución se halla organizada en una estructura de diez facultades, a través de las cuales se dictan más de 107 carreras de grado y 22 posgrados. De acuerdo a los cálculos oficiales del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, en el año 1998 con sus 16.000 alumnos se ubicaba en primer lugar, entre todas las universidades de gestión privada del país, por el número de su matricula, y en el décimo tercer lugar, considerando también a las Universidades de Gestión Pública.

En cuanto a la desagregación del alumnado de acuerdo con su lugar de residencia, un estudio de mediados de la década del 90, permite concluir que un 69% de los matriculados proviene de la zona oeste del gran Buenos Aires, que constituye un conglomerado poblacional integrado, fundamentalmente, por familias de clase media y media- baja. Sin embargo, la gestión académico institucional, ha permitido una evolución creciente de la matricula, a la vez de lograr los más altos niveles de calidad y excelencia, financiando su acción con el exclusivo aporte de los aranceles en concepto de matrícula y cuota, debido a que no recibe ningún tipo de aporte o subsidio de instituciones privadas o estatales.

En el año 1995 se sanciona la Ley Nº 24521 de Educación Superior, la que señala en su artículo 28 que “son funciones básicas de las instituciones universitarias: …….c) crear y difundir el conocimiento y la cultura en todas sus formas ….d) preservar la cultura nacional ….e) extender su acción y sus servicios a la comunidad con el fin de contribuir a su desarrollo y transformación……..”.

Por otra parte el artículo 44 de la misma ley incorpora la obligatoriedad de los procesos de evaluación y acreditación para las instituciones universitarias, y en este sentido hace referencia expresa “las autoevaluaciones……abarcarán las funciones de docencia, investigación y extensión…”

Sin perjuicio de este imperativo, la Universidad de Morón ha venido desarrollando en forma ininterrumpida desde la década de los años setenta, una extensa y creciente actividad de extensión.

Entre las acciones más significativas promovidas como parte de su política institucional debemos señalar la actividad teatral, coral y deportiva cuyos inicios se remontan a esa época.

Paulatinamente se van desarrollando otras acciones que generan en el año 1976 la creación del Departamento de Asuntos Estudiantiles, Deportes y Extensión Cultural, con la función de coordinar las distintas actividades de extensión.

En el año 1996, con motivo de la asunción de una nueva gestión rectoral, el área de Extensión se jerarquiza insertándose dentro del organigrama institucional como Departamento de Extensión Recreativa y Cultural, dependiendo directamente del Rector de la Universidad.

Queda cristalizado en este sentido en el Plan de Gestión 1996-2000, en el que determina que su función es: “…la de realizar un conjunto de actividades afines o no a la currícula con el objeto de vincularse a la comunidad que le da sustento….. Las mismas comprenden los ámbitos de la recreación, de la cultura y del deporte, y constituyen un objetivo estratégico de la organización de la Universidad para fortalecer la vinculación de esta con su medio. Por ello, el entroncamiento Universidad- Comunidad en el campo general de la cultura debe producirse desde distintas perspectivas y acciones. Por otra parte la búsqueda del equilibrio, “men sane in corpore sane”, constituye una necesidad existencial que significa un objetivo permanente de la gestión universitaria”.

En el año 2000 se produce un cambio en la estructura de conducción de la Universidad, tendiente a dinamizar el proceso de toma de decisiones, con la creación de tres Vicerrectorados, uno de ellos con incumbencias específicas en el área. Es así que del Vicerrectorado de Posgrado y Extensión Universitaria, pasan a depender los Departamentos de Extensión Deportiva y Recreativa y el de Extensión Cultural.

El plan de Gestión para el periodo 2000 – 2004 traza como lineamiento para la acción de extensión “La Extensión junto con la Docencia y con la Investigación constituyen el trípode sobre el que se asienta la actividad de nuestra Universidad”.

“Las actividades de extensión deben ser adecuadas a las expectativas de los integrantes de la comunidad universitaria, y responder a las necesidades de la sociedad.”

“En tal sentido, estas actividades deben favorecer claramente la inserción de la Universidad en la región y contribuir decididamente a la mejora de aspectos sociales, en particular, aquellos referidos a la salud y a la consolidación de la justicia como forma de expresión democrática y de afianzamiento de la ética y los valores morales.”

La Universidad, como toda institución de educación superior, centra su actividad en la formación científico académica de sus alumnos, en su tránsito para constituirse en profesionales en las distintas disciplinas y saberes; pero la máxima aspiración de la Universidad, es formar no solo profesionales que adquieran conocimientos y desarrollen habilidades y aptitudes que le permitan insertarse exitosamente en el campo laboral , sino que, también se constituyan en hombres y mujeres comprometidos con los valores esenciales del “ser humano”. Por tal motivo fomentar espacios que no sólo generen relación de pertenencia con la institución sino que también permitan el desarrollo de habilidades y talentos ajenos a la búsqueda del saber particular, pero propios y esenciales de la condición de personas, se constituye en un objetivo estratégico.

La educación debe informar, brindar a los jóvenes conocimientos prácticos, pero también debe formar, permitir que den un sentido a sus actos para orientarlos hacia objetivos humanamente deseables y gratificantes.

Es oportuno recordar a Edgar Faure quien al referirse a los objetivos humanistas de la educación, decía que era necesario que ésta, “ ayudando a cada individuo a desarrollar sus facultades personales, se esforzara por liberar el potencial creador de las masas y transformar en energía real la energía potencial de centenares de millones de seres, que respondiendo a los temores que inspira a largo plazo la desmesura tecnológica, tratara de impedir, mediante la afirmación de objetivos humanistas, el riesgo de una deshumanización progresiva de la existencia.”

Trabajar sobre la problemática de la Extensión Universitaria, tiene como dificultad la falta de consenso en su definición.

Los estudios sobre el tema, coinciden en señalar la falta de claridad en su conceptualización, así como la diversidad de prácticas incluidas en esta función.

Se puede conceptualizar a las actividades de Extensión siguiendo a Silvia Brusilosvsky como la realización de trabajo productivo por parte de los estudiantes, en forma integrada a la actividad académica de la Universidad y dirigida al estudio y participación en la resolución de problemas de sectores de la población desfavorecidos económica y socialmente. Definiendo como trabajo productivo, a la actividad de producción de bienes y servicios útiles para la sociedad, independientemente del valor económico que se le asigne en determinado contexto.

En este siglo su definición como una de las funciones centrales de la Universidad, respondió a diversas ideas.

En el caso de Argentina, a partir de la reforma del año 1918, la discusión estuvo ligada a la concepción de la relación que los intelectuales y las instituciones deben establecer con su medio.

Las distintas actividades y proyectos fueron variando de acuerdo a la interpretación que se fue haciendo de la relación de la Universidad con la sociedad, del rol que se le atribuye a los profesionales, a la cultura y al conocimiento en los procesos de transformación social.

UNIVERSO DE LA EXTENSIÓN

La acción de extensión de la Universidad de Morón, no tiene el propósito de ser un insumo de consumo interno, muy por el contrario y acorde a los conceptos vertidos anteriormente su política de extensión se concibe con un criterio amplio y se traduce en que su producción cultural , recreativa y deportiva, ocupa un lugar de trascendencia en eventos o instancias de carácter nacional e internacional, y por otro lado existe entre la Institución y su comunidad de pertenencia un fuerte lazo y compromiso.

En el año 2001, el Consejo Superior, aprueba el denominado Programa de Extensión Universitaria, con la siguiente estructura:

1.- Programas Sociales hacia la comunidad:

El que se justifica en el hecho que la Universidad debe afrontar el compromiso de formar a profesionales que a su vez sean ciudadanos activos, siendo preciso educar en esta realidad para fortalecer la vida democrática, asociando el compromiso de los alumnos y profesionales con el destino de la sociedad, mediante su participación en las actividades comunitarias y la presencia activa en la construcción de ideas y opiniones en el espacio público. Se considera imprescindible que aquellos formen parte de proyectos colectivos y generen iniciativas en las cuales otros ciudadanos también concurran, involucrándose para ello en la gestión de proyectos sociales y en la reconstrucción de redes de solidaridad, cooperación, formación y apoyo mutuo.

El programa tiene como objetivo fundamental fomentar el sentido de pertenencia de la persona a la sociedad, propiciar el desarrollo de la identidad como propósito colectivo, y afianzar lazos de solidaridad entre los actores sociales, tejiendo una red abarcativa hacia todo el espectro social.

Por ello, se considera que la educación en general y la Universidad en particular, tienen la misión de reforzar valores como los derechos humanos, la democracia, la solidaridad y la cohesión social, la equidad de género, el respeto a la diversidad étnica y cultural, o la sostenibilidad ambiental y la afirmación de memorias y proyectos históricos.

En el marco de este Programa se realizan actividades de diferente tipo. Cada actividad se apoya en el continuo, basado en dos dimensiones; una se define por el beneficiario principal de la actividad de servicio, y otra por su grado de énfasis en el servicio y/o aprendizaje.

Siguiendo el modelo desarrollado por el Dr. Andrew Furco, del Centro de Investigación y Desarrollo de Aprendizaje de la Universidad de Berkeley, estas actividades se agrupan en:

  • Servicio de Voluntariado
    – Servicio Comunitario
  • Educación o trabajo de campo.

Es importante destacar la creación del cuerpo de voluntariado, conformado por alumnos, docentes y personal no docente al que se ha capacitado para cumplir tal función, el cual se halla desarrollando actividades de asistencia a las Instituciones que soliciten el apoyo de la Universidad.

Algunos de los proyectos que en este marco se vienen realizando son los siguientes:

– Promoción de la salud y calidad de vida

– Desarrollo de la cultura

– Atención solidaria a niños , adolescentes y ancianos

– Cooperación con Organizaciones no gubernamentales

– Consultorías gratuitas.

2.- Programa de Extensión a la comunidad:

Dirigido a la Comunidad Universitaria, Comunidad en General, Tercera edad y Empresarios de la región.

Comprende todas aquellas actividades en las que para su participación no sea necesario ni deba cumplirse como requisito ser alumno, docente o graduado de la Universidad, ni poseer condición en particular (por ejemplo necesidad de estudios de enseñanza media completos) estas actividades incluyen entre otras, cursos, charlas, mesas redondas, programas de capacitación, actualización y perfeccionamiento profesional, formación docente, etc.

Las actividades previstas para el presente programa, se han agrupado en distintos proyectos:

Educación Continua, Proyecto Adultos, Proyecto Jóvenes, Proyecto Escuela, Proyecto Empresa, Proyecto Recreación y Deportes, Proyecto Cultural. Cada uno de ellos se desarrolla a partir de una programación de acciones cualitativas y cuantitativamente relevantes.

Se puede señalar en cuanto a la actividad coral, que el Coro Polifónico ha intervenido en tres giras por Europa y una por América y como resultado de las mismas ha obtenido primeros premios por su calidad interpretativa. Además la Universidad ha sido anfitriona de numerosas delegaciones corales de distintos países.

La actividad teatral ha impulsado y concretado la realización del primer Congreso Iberoamericano de Teatro Universitario con la participación de más de una veintena de delegaciones de distintos países de Iberoamérica. Como resultado de dicho Congreso, se funda la Asociación Iberoamericana de Teatro Universitario, cuya presidencia la ejerce la Universidad de Morón.

Se ha conformado asimismo un Ballet de Tango, en el que participan alumnos, docentes, y miembros de la comunidad en general, recreando el baile ciudadano en sus distintas expresiones, dicho Ballet es requerido en infinitas oportunidades como marco de distintos eventos del país y del exterior.

La promoción de las letras también tiene un destacado lugar en la Universidad a partir de la acción que desarrolla el Taller Literario, que constituye un espacio abierto a quienes con vocación e inclinación a las letras, concurren para canalizar su creatividad. Además todos los años se realiza un concurso Literario de Teatro Breve, Cuento y Poesía, con la participación de escritores de distintas provincias y del exterior.

Las obras premiadas son publicadas por la editorial de la Universidad y puestas en escena por el Elenco Estable de Teatro de la Universidad. Tal es la calidad y el reconocimiento que han tenido, que las mismas han debido ser repuestas a fin de satisfacer los requerimientos de un público que encuentra en la Universidad un espacio para disfrutar el arte y la cultura, estimulando así, no solo las acciones en la gestión de la Universidad, sino también alentando la capacidad de los jóvenes talentos.

La Universidad cuenta con un Salón Auditórium con capacidad para seiscientas personas que es el escenario frecuente de diferentes manifestaciones culturales como: Bienal de Arte, Conciertos de la Orquesta Sinfónica Nacional, Orquesta Sinfónica Juvenil del Mercosur, Orquesta de Cámara de la Universidad de Morón, Coro Polifónico de la Universidad de Morón, Balet de Tango de la Universidad de Morón, presentaciones del Elenco Estable de Teatro de la Universidad de Morón, La Caoba Jazz Band, Ciclo Documental de Jorge Preloran, Ferias de Ciencias y Olimpiadas Nacionales en distintas disciplinas, entre otras.

En el período que abarca los últimos tres años, la comunidad universitaria y la de pertenencia han tenido la oportunidad solo en el Auditórium de asistir cada fin de semana (sábados y domingos) a algunos de los distintos espectáculos y expresiones del arte y la cultura en forma totalmente gratuita, los que en su gran mayoría son producto del fomento y de la particular atención que la extensión recibe.

Asimismo durante la semana se llevan a cabo no menos de tres eventos de carácter artístico, cultural, literario y académico, lo que permite visualizar la constante acción de la Universidad con esta área.

En relación a la vinculación con Empresas, la Universidad cuenta con un sector específico de atención, con más de 1.500 entidades listadas en bases de datos, destinada al desarrollo de actividades de asistencia técnica, provisión de productos y servicios, proporcionada por especialistas en las más diversas áreas, a través de las diferentes Unidades Ejecutoras. En los dos últimos años se realizaron más de 300 servicios de asistencia técnica.

Asimismo existen más de 500 convenios firmados con distintas empresas nacionales en las cuales los alumnos pueden integrarse a la práctica profesional bajo la forma legal de pasantías, de esta manera la Universidad alienta la interacción con Empresas. Esta larga trayectoria en la gestión, con un franco apoyo en forma participativa y ejecutiva al proceso de desarrollo tecnológico nacional, ha dado como resultado que la Fundación Universidad de Morón es a su vez Unidad de Vinculación Tecnológica (UVT) y miembro de la Comisión Directiva de la Asociación Nacional de UVT´s.

Se puede señalar que los participantes directos en las distintas actividades propuestas por la Universidad anualmente asciende a más de mil inscriptos (alumnos, ex alumnos, docentes, familiares y miembros de la comunidad en general)

Sin embargo, la trascendencia de esta acción se traduce en el impacto de la misma que se multiplica en una cantidad de personas cuyo número se hace difícil cuantificar; los receptores de los resultados son también el público y los beneficiarios de las acciones solidarias, quienes a través de la interacción enriquecen y retroalimentan la gestión con sus aportes.

En materia deportiva, las distintas disciplinas ofrecidas a la comunidad universitaria se han diversificado año tras año generando además una presencia relevante de la Universidad en diversos escenarios, tanto nacionales como internacionales. Se debe destacar la participación que tuvo la Universidad en la fundación de la A.D.A.U. (Asociación de Deporte Amateur Universitario), cuya presidencia es ejercida por su representante.

Es importante señalar como se destacara oportunamente, que la Universidad de Morón se sustenta únicamente con los aportes de cuotas de sus alumnos, por lo tanto toda la acción descripta, es posible de ser realizada mediante un aporte significativo en recursos humanos, de infraestructura y financieros especialmente asignados en su presupuesto para tal fin.

LA U. M. Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE

Como se expresara anteriormente, la promoción de la práctica deportiva en la Universidad de Morón, viene desarrollándose, inserta en diferentes posiciones del organigrama organizacional, de manera ininterrumpida desde comienzos de la década del 70.

Un sus inicios, la misma tuvo casi exclusivamente una orientación recreativa, limitándose lo competitivo, a eventuales torneos internos en la modalidades de equipos libres o interfacultades. Las primeras disciplinas que abarcaron esta propuesta fueron fútbol, básquet, vóley y ajedrez. Al poco tiempo a estas actividades se le sumó gimnasia aeróbica. Por entonces, las actividades de campo se desarrollaban en el Polideportivo que poseía la universidad en la localidad de Gonzalez Catán.

La promoción de la práctica de actividades deportivas por parte de las universidades nacionales de gestión privada, por la década del 80, empezó a extenderse a la modalidad competitiva, participando para ello no sólo de encuentros amistosos, sino también en diferentes ligas deportivas que posibilitaban la inclusión de equipos representativos de instituciones universitarias. Esta práctica regular fue poniendo de manifiesto, que la misma contribuía a formar en los alumnos un fuerte sentido de pertenencia institucional, que se extendía aún más allá de la graduación de muchos de ellos, significando además de la actividad profesional, docente o de investigación, un motivo más para continuar la vinculación estrecha con la universidad.

La instalación regular de estos espacios participativos mediante la actividad deportiva, fue generando en la matrícula universitaria de la Universidad de Morón un reconocimiento efectivo de los mismos, que ha permitido a la Institución estar representada mediante la participación en:

  1. olimpíadas nacionales,
  2. giras internacionales,
  3. exhibiciones
  4. torneos interuniversitarios regulares.

En la actualidad, aproximadamente el 10% de la matrícula de la U.M., graduados, personal docente y no docente, encuentran su espacio de pertenencia institucional mediante la práctica de: natación, fútbol, tenis, golf, hockey, basquet, voley, rugby, gimnacia aeróbica y ajedrez, tanto en la modalidad competitiva como recreativa.

Esta constituye una mera síntesis del citado Programa de Extensión, pero el fin del presente trabajo pretende comunicar el profundo espíritu y compromiso de la Universidad con la Extensión en todas sus posibilidades, y también destacar como una Institución Privada, sin ningún tipo de aporte externo, y con el sustento de sus convicciones, puede a través de una eficiente administración, no sólo dar cobertura a las funciones de Docencia e Investigación, sino también garantizar a través de la acción en Extensión, en la que se encuentra comprendida la práctica deportiva en sus diversas modalidades, la formación integral del hombre y la promoción de valores humanos éticos y morales.

LEGISLACION DEPORTIVA

I –PRESENTACION

– El derecho deportivo en Argentina, se ha desarrollado en forma gradual.
– Si bien en los últimos diez años comenzó a incrementarse el interés sobre el derecho
deportivo, la mayor apertura se produce aproximadamente hace tres años.
– No sólo empiezan a profundizar sobre estos aspectos los abogados vinculados al deporte, sino que también lo hacen los dirigentes que se ven desbordado por los conflictos económicos y financieros de sus respectivos clubes y, advierten la necesidad de visualizar nuevas alternativas que les permitan encauzar las acuciantes situaciones que deben enfrentar día a día.

  • Más aún, los profesionales vinculados a las ciencias económicas deben especializarse en el sostenimiento financiero de las entidades deportivas, dando origen –entre otros documentos- al denominado “plan general de contabilidad para clubes profesionales de fútbol”, voluminoso y detallado texto, editado recientemente por la Asociación del Fútbol Argentino (A.F.A.).
  • Es evidente que, en este ámbito, también es necesario una especialización.
  • En los últimos tres años, el derecho deportivo en Argentina, ha tenido un crecimiento sostenido y constante, organizándose encuentros, jornadas, cursos y seminarios para analizar las distintas propuestas y planteos que se desprenden de hechos y actos vinculados a esta materia.
  • Sin embargo se debe señalar que no existe aún ninguna normativa que de manera expresa, comprenda al deporte universitario.

II –LEGISLACIÓN DEPORTIVA

Tomando en consideración que en todos los casos, los temas que se abordan tienen estrecha vinculación con la normativa vigente en la Argentina sobre la actividad deportiva, y teniendo presente que esa estructura legal, describe con mayor claridad la situación del derecho deportivo en el país, enunciaremos las leyes que le dan sustento a esta materia.

III –LEYES Y NORMAS

Ley Nº 20.655: es la ley marco del deporte argentino, denominada “ley de fomento y desarrollo del deporte”.

Los antecedentes más importantes de esta ley son:

  1. el decreto Nº 7.013/61, dictado por el entonces Presidente de la Nación, Dr. Arturo Frondizi. En el se propiciaba en forma tímida la conformación de una comisión para el estudio de un proyecto de ley del deporte;
  2. el decreto Nº 7.154/65, propiciado por el Dr. Arturo Humberto Illia, quien era el presidente de la nación en aquél momento, y mediante el cual, también se creaba una comisión de estudio, con la misión expresa de elevar un proyecto de ley del deporte, dando continuidad a su anterior antecedente, para que el poder ejecutivo pueda remitir ese proyecto al congreso para su tratamiento. No fueron encauzados de esa forma porque tanto Frondizi como Illia fueron destituidos por intervenciones militares;
  3. y por último, el decreto-ley Nº 18.247/69, sancionado por el gobierno de facto presidido por el general Juan Carlos Onganía el 10 de junio de 1969.

Si bien para poder comprender en profundidad los extremos de estos antecedentes, es necesario un breve análisis objetivo de las circunstancias políticas y sociales del país en esos momentos, no corresponde hacerlo en este resumen.

Con todo lo aportado por estos antecedentes, la ley Nº 20.655 fue sancionada en el año 1974, período este de connotaciones políticas, sociales y económicas de particular importancia para nuestro país y su futuro.

El Congreso Nacional en ese momento estaba conformado por legisladores que venían con una carga política e ideológica muy particular. Son los años inmediatamente anteriores al comienzo de la dictadura militar que se instaló en el año 1976.
Las discusiones que se producían con carácter previo a la sanción de una ley eran muy singulares. Había cuestionamientos ideológicos profundos en algunos casos.

En este clima, y según se desprende de la versión taquigráfica del diario de sesiones levantado en oportunidad de la discusión de la ley del deporte en el recinto parlamentario, cualquier planteo era objeto de prolongadas arengas políticas.

IV –CONTENIDO DE LA LEY MARCO Nº 20.655

– Si bien los sustentos filosóficos de este cuerpo legal, son similares a criterios contenidos en legislaciones extranjeras, se incluye un concepto de avanzada para la época, y que luego, y a raíz de esta ley, es incorporada a normativas de otros tantos países: engloba y entrelaza tres materias la “salud”, la “educación” y el “deporte”.
– Es una ley de criterio amplio y intervencionista. Es decir que el estado mantiene su carácter de fiscalizador, de control y vigilancia sobre la actividad deportiva del país, pero deja un holgado margen para el desarrollo de las asociaciones correspondientes y la realización de eventos deportivos. Siempre manteniendo su poder de policía, pero permitiendo un amplia libertad de acción.

Este criterio ha sido compartido por nuestros tribunales judiciales quienes, ante algunas actitudes intervencionistas por parte del ámbito gubernamental en entidades deportivas, aún en las épocas de la dictadura militar en nuestro país, han entendido que estas instituciones son entidades civiles, y por lo tanto con la suficiente legitimidad como para dar solución a los conflictos que se planteen en su ámbito interno. Consecuentemente, pueden apelar en su caso a sus propios órganos de conducción, de administración y/o de control, los que han sido elegidos libre y democráticamente.

En consecuencia, es dentro de ese ámbito que deben resolverse las cuestiones internas que se susciten en su seno.

Por su parte el sector gubernamental, ha seguido también este criterio, permitiendo dentro de una saludable libertad, el desarrollo y crecimiento de estas asociaciones.

Más aún, ante una presunta irregularidad que pudiera suscitarse, consideran que es la “Inspección General de Justicia” como autoridad de aplicación quién debe intervenir; quedando aún, y en su caso, la posibilidad de acudir a la justicia ordinaria, como una instancia ulterior, si se entendiera que se han avasallado o conculcado legítimos derechos.

Al respecto podemos citar el artículo 16 de esta normativa que dispone que: “a los efectos establecidos en la presente ley, considéranse instituciones deportivas a las asociaciones que tengan por objeto principal la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización y/o representación del deporte o de algunas de sus modalidades…” agregando ese texto legal que: “el estado nacional reconocerá la autonomía de las entidades deportivas existentes o a crearse.”

ORGANISMOS CREADO POR LA LEY Nº 20.655

La ley del deporte crea:

el consejo nacional del deporte;

el consejo de las regiones; y

el consejo de coordinación.

A este respecto, cabe señalar que con la creación de estos organismos, se intentó dar a la ley un criterio federalista y de mayor participación de los distintos sectores de la comunidad en la conducción del deporte desde el estado.

La experiencia no fue positiva y no obtuvo los resultados esperados. En este momento ninguno de ellos se encuentra en funcionamiento.

EL FONDO NACIONAL DEL DEPORTE

La ley crea en su artículo 12, el denominado “fondo nacional del deporte” el que está integrado (entre otros aportes) por: a) un porcentaje proveniente del juego de pronósticos deportivos (prode), b) un porcentaje de la explotación de casas de juego; c) de los recursos asignados por el presupuesto nacional, etc. Estos fondos permiten apoyar desde el Estado al deporte de alto rendimiento, al deporte social y recreativo, entre otros.

EL REGISTRO NACIONAL DE INSTITUCIONES DEPORTIVAS

También se crea el “registro nacional de instituciones deportivas”, que permite seguir en detalle el ordenamiento del asociacionismo deportivo en nuestro país.

Mediante este instrumento, las áreas técnico deportivas de la Secretaría de Turismo y Deporte de la Presidencia de la Nación, pueden tener una clara noción de lo que sucede en cada asociación deportiva, es decir: quiénes son sus autoridades, los aportes económicos que reciben, las marcas que han logrado cada uno de sus atletas; etc., y aconsejar lo que consideren necesario para que continúen recibiendo apoyos económicos o excluirlas de este beneficio.

LOS DELITOS EN EL DEPORTE

Por último, existe un capítulo dedicado a los delitos en el deporte, a los que no nos referiremos, dado el restringido objeto de esta introducción. Sólo destacaremos que ha sufrido modificaciones, cuyos textos han sido incluidos en la normativa que se analiza en los próximos capítulos.

V. –LEY Nº 20.596 (LICENCIAS ESPECIALES DEPORTIVAS)

A través de esta ley, los atletas de alto rendimiento que deben participar en eventos deportivos nacionales y/o internacionales, tienen derecho a solicitar en su ámbito de trabajo o instituto educacional, la denominada “licencia especial deportiva”

Las empresas privadas, organismos públicos, nacionales, provinciales o municipales, no pueden negarse a otorgarla. Es decir es una carga pública que les impone el estado.

Esta licencia no debe sufrir ningún descuento en los haberes que percibe el deportista en la tarea que cumple, sea en el ámbito público o privado.

También se ha impuesto el mismo régimen en alumnos de las escuelas o universidades (públicas y privadas), inclusive permitiéndose la apertura de nuevas mesas de examen para los deportistas que lo soliciten.

Naturalmente se deben cumplimentar determinados requisitos y exigencias, que están claramente establecidos en esta ley, la cual consideramos de esencial importancia para el desarrollo de la actividad deportiva del país.

VI. –LEY Nº 23.184, MODIFICADA POR LA LEY Nº 24.192 (DE PREVENCIÓN Y REPRESIÓN DE LOS HECHOS DE VIOLENCIA EN ESPECT ÁCULOS DEPORTIVOS)

Si bien pueden efectuarse precisos comentarios sobre esta normativa, su texto es relativamente claro, y por ello, sólo destacaremos que lo más llamativo y novedoso de la misma, es que admite como elemento de semiplena prueba en un proceso penal la filmación del hecho (generalmente producido en las tribunas o en el ingreso y egreso de los espectadores al estadio).

Este procedimiento es efectuado por la Policía Federal Argentina con medios tecnológicos debidamente autorizados e intervenidos por el magistrado actuante.

Es importante aclarar que antes este medio, era considerado solo un indicio para una sentencia de condena

DECRETO Nº 1466 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 1997 (REGLAMENTARIO DE LOS ARTÍCULOS 49 Y 50 DE LA LEY 23.184)

Establece una centralización en el encauce de los aspectos relativos a la seguridad en los encuentros de fútbol a través de la Secretaría de Seguridad Interior dependiente del Ministerio del Interior, quién será el órgano competente en esa materia.

Adviértase que se circunscribe su actuación al ámbito del fútbol, preservándose la autoridad de la actual Secretaría de Turismo y Deporte, en la seguridad de las restantes actividades deportivas.

Crea también el “comité de seguridad en el fútbol” y el “consejo nacional para la prevención de la violencia en el fútbol”; un régimen de seguridad en el fútbol; circunscribe el ámbito de aplicación de la ley que reglamente y dispone un régimen de clausura de estadios que no cumplen con la reglamentación pertinente.

VII. –LEY Nº 24.819 (ESTABLECER Y REGUARDAR LA LEALTAD Y EL JUEGO LIMPIO EN EL DEPORTE Y LA PRESERVACIÓN DE LA SALUD DEL DEPORTISTA – CREA UN RÉGIMEN DE CONTROL DE DOPING-). FUE MODIFICADA POR LA LEY

Nº 25.387

Crea la “comisión nacional antidoping” que:

– fiscaliza la toma de muestras, análisis o contrapruebas, para determinar la existencia o consumo de sustancias nominadas como prohibidas, remitiéndose para ello a la lista publicada por el C.O.I;

– ante el supuesto de resultado positivo, debe velar por que los mismos sean confidenciales y de conocimiento exclusivo de las partes intervinientes preservando el derecho a la intimidad del deportista;

– supervisa el procedimiento disciplinario por las infracciones metidas en ese ámbito que comprende la investigación administrativa y la aplicación de las pertinentes sanciones.

Hay que hacer notar que las modificaciones que ha sufrido esta ley, han producido sustanciales diferencias en el tratamiento que se les dispensa a los involucrados y la duración de las penalidades y suspensiones. Todas ellas surgen de su texto vigente.

VIII. –LEY Nº 25.284 (AÑO 2000). (REGIMEN ESPECIAL DE ADMINISTRACIÓN DE LAS ENTIDADES DEPORTIVAS CON DIFICULTADES ECONÓMICAS. SE INSTITUYE EL DENOMINADO “FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN CON CONTROL JUDICIAL”)

Se aplica solo en aquellas instituciones deportivas con quiebra decretada.
Produce efectos sobre la totalidad de los bienes que integran el patrimonio de la deudora. Su aplicación es de oficio.

El juez debe merituar la existencia de patrimonio suficiente de la asociación deportiva, para la continuación de la explotación de su activo.

Apelar a esta alternativa, es opcional en caso de presentación de concurso preventivo por parte de la asociación deportiva, siendo preciso además, la ratificación de esta decisión por parte de una asamblea de asociados.

También crea un órgano fiduciario integrado por un abogado, un contador y un experto en administración deportiva.

Si bien todavía no se ha reglamentado esta ley, en su proyecto de reglamentación, se establece que para ser considerado como “experto en administración deportiva”, el interesado debe demostrar en forma fehaciente, y por cualquier medio una actuación, como mínimo de diez años contínuos o discontínuos, en actividades vinculadas a la administración de una entidad deportiva.

Todas las medidas que se adopten, están siempre bajo el control del magistrado interviniente.

Se fija como plazo del fideicomiso tres años, renovables por resolución judicial hasta un máximo de nueve años. Al finalizar este período, se dispone su liquidación.

Al solo efecto ilustrativo, hacemos notar que “fiduciante” es la entidad deportiva; “fiduciario” es el órgano creado al efecto; y “beneficiario” son los acreedores.

Concluido el fideicomiso, el fiduciario debe transferir en el estado en que se encuentren al “fiduciante” o entidad deudora, los bienes fideicomitidos.

IX. –LEY Nº 21.160 (ESTATUTO DEL JUGADOR DE FUTBOL PROFESIONAL)

Establece la relación jurídica que vincula a las entidades deportivas con los jugadores profesionales de fútbol, disponiendo la aplicación subsidiaria de la legislación laboral común vigente.

Regulariza la situación laboral del jugador de fútbol profesional, determinando la forma de retribución mensual, premios: sueldo anual complementario; régimen jubilatorio; régimen de transferencias, cesiones; vacaciones, etc…

Cabe destacar que es esta la primera normativa en el mundo que establece con tanta claridad la relación laboral del jugador de fútbol y el club contratante.

Hasta aquí, las principales normas vinculadas a la actividad deportiva en la Argentina.

Sin perjuicio de todo lo expuesto, y para completar este trabajo, creo importante señalar que existen distintos proyectos de leyes en estudio, de los cuales podemos mencionar el que propone la incorporación de las denominadas “Sociedades Anónimas Deportivas” (S.A.D.).

El mismo tiene una fuerte resistencia por parte de distintos sectores de la comunidad, pero es objeto de tratamiento en distintos ámbitos. Está estrechamente vinculado al denominado gerenciamiento de entidades deportivas, figura que se ha impuesto de hecho, y que tiende a encauzar la administración de algunas asociaciones, que al no tener previsto en sus estatutos el fin de lucro, deben buscar alternativas viables, que les permitan un ordenamiento adecuado al enorme ingreso económico, y que en nuestro país, se reduce en su gran mayoría a los clubes de fútbol.

X. –EL DEPORTE UNIVERSITARIO

La República Argentina, carece aún de un marco regulatorio especial que comprenda el estímulo a la práctica de la actividad deportiva universitaria, y que abarque a todo el universo de estudiantes y graduados del sistema superior de enseñanza.

Existe un Comité Técnico del Deporte Universitario que depende del C.I.N. (Consejo Interuniversitario Nacional). Este distribuye de la partida presupuestaria asignada en la Ley de Presupuesto Nacional para el sistema universitario (público, de gestión estatal), fondos destinados a la promoción del deporte en cada universidad estatal. Realiza periódicamente las olimpíadas universitarias de las que participan sólo los alumnos de las universidades nacionales públicas.

Por otra parte la Universidad de Buenos Aires, que es la de mayor matrícula en el país, tiene la responsabilidad de representar a la Argentina ante la FISU.

Con relación al Sistema Privado de Educación Superior, desde el C.R.U.P. (Consejo de Rectores de Universidades Privadas), se impulsó la creación de la A.D.A.U. (Asociación del Deporte Amateur Universitario), la que constituida como asociación civil sin fines de lucro, tiene entre sus propósitos y objetivos la promoción del deporte entre alumnos y graduados de todo el sistema, tanto público como privado. Además coordina las solicitudes de becas de estudios, en universidades nacionales de gestión privada, de deportistas de alto rendimiento que representan al país, y estan avalados por sus respectivas federaciones y la Secretaría de Deportes de la Nación.

El citado programa, surge del convenio firmado oportunamente entre las autoridades de la Secretaría de Deportes de la Nación y el C.R.U.P. A este respecto es importante señalar que para el ciclo lectivo 2002, se han dado curso afirmativo a 45 solicitudes de becas de estudios en universidades nacionales de gestión privada, lo que representa un presupuesto aproximado global de $250.000 anuales (U$D 70.000 aproximadamente).

El presupuesto que maneja la A.D.A.U. proviene casi exclusivamente de las cuotas sociales que aportan las universidades miembros. Una administración ajustada, permite la organización de torneos en las disciplinas futbol, basquet, voley femenino y masculino, hockey femenino, rugby, natación tenis y ajedréz.

También se ha podido desarrollar un programa de selecciones deportivas que permitieron la participación en diferentes encuentros nacionales e internacionales, entre los que quiero señalar la intervención en los “Juegos FISU del 2001” en la disciplina tenis, merced a un acuerdo celebrado entre la UBA, la Secretaría de Deportes de la Nación, la Asociación Argentina de Tenis y la A.D.A.U.

De todo lo expuesto precedentemente surge que el marco regulatorio que contiene al deporte universitario en la Argentina, está dado por las normas que establecen las propias organizaciones encargadas de su desarrollo y promoción, con todos los límites que esta situación supone en cuanto a presupuesto y políticas públicas.

 

Bibliografía

Bonaventura de Souza, Santos. Pela mao de Slice, o social e o político na pós– modernidade. Sao Paulo, Cortez, 1997.

Estatuto Universidad de Morón.

Fraga, Norberto Enrique. El Régimen Jurídico de la Educación Superior”. Editorial Dunken Buenos Aires, 2000.

Ley de Educación Superior 24521/95.

Ocampo, José Antonio. Equidad, desarrollo y ciudadanía”, Vigesimoctavo período de seseiones, ONU-CEPAL-CEPAL, México, DF, Abril 2000.

Ruiz Luego, Lourdes; Salvo, Benjamín y Mungaray, Alejandro. El Servicio Social en Méxic., ANUIS, México, 1995.

Sauret, Hector. Informe a los Rectores de las Instituciones Universitarias Privadas sobre la Experiencia realizada en CONEAU (1998-2000). Ministerio de Educación, Argentina, Buenos Aires, 2000.

Tuttman, Malvina Tania. Extensión Universitaria: la construcción de nuevos caminos. Ponencia, Ministerio de Educación de la Nación, Secretaria de Educación Superior, “Primer Encuentro sobre Practicas Solidarias en la Educación Superior. Buenos Aires 29 y 30 de mayo de 2000.

Eduardo Vittar Smith. C.O.A. “Legislación Deportiva”. Bs. As. 2002.

Villalba Olga B., Comoglio Marta S. y Belotti Juan M. Extensión Universitaria – Un objetivo estratégico de Gestión en la Universidad de Morón. Morón 2001.

Universidad de Morón, Plan de Gestión 2000-2004. Editorial Universidad de Morón, Morón, 2000.

Universidad de Morón, 40 años al servicio de la Educación Superior. Editorial Universidad de Morón, Morón 2000.

LA UNIVERSIDAD DE COLIMA Y LA FEDERACIÓN INTERNACIONAL DEL DEPORTE UNIVERSITARIO

DECLARACIÓN DE COLIMA SOBRE EL PRIMER FORO MUNDIAL DE RECTORES SOBRE EL DEPORTE UNIVERSITARIO.

EL PRIMER FORO MUNDIAL DE RECTORES SOBRE EL DEPORTE UNIVERSITARIO, ORGANIZADO POR LA UNIVERSIDAD DE COLIMA (MÉXICO) DEL 27 AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2002.

TENIENDO PRESENTE Y CONSIDERANDO:

-QUE LA ACTIVIDAD FISICODEPORTIVA ES UNA NECESIDAD DEL SER HUMANO Y HA DE SER TOMADA EN CUENTA EN CUALQUIER MANIFESTACIÓN CULTURAL, SOCIAL Y EDUCATIVA EN LA QUE ESTE PARTICIPE.

-QUE EN EL AMBIENTE ACADÉMICO Y FORMATIVO SE DEBE ENTERDER ESTA ACTIVIDAD ASÍ COMO LA CULTURAL, COMO UN FACTOR DE DESARROLLO TRANSVERSAL QUE HA DE ESTAR PRESENTE EN TODO EL PROCESO EDUCATIVO.

-QUE SI BIEN LOS HÁBITOS DEPORTIVOS HAN DE SER DESARROLLADOS Y PROMOVIDOS PREVIAMENTE Y DESDE LA INFANCIA, ES EN LA UNIVERSIDAD DONDE HAN DE MANIFESTARSE CON MAYOR NECESIDAD EN BASE A UNOS VALORES QUÉ TIENE EL MISMO PROCESO FORMATIVO QUE SE DA EN EL DEPORTE Y LA CULTURA, CONSTITUYENDO EL DEPORTE UNIVERSITARIO UNA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA A NIVEL MUNDIAL, QUE SUPONE LA ARTICULACIÓN Y EL DESARROLLO DE UNA PARTE DE LA SOCIEDAD QUE OCUPA Y VA A OCUPAR LOS PRINCIPALES CARGOS DE RESPONSABILIDAD POLÍTICA, SOCIAL Y EDUCATIVA EN LOS PROXIMOS AÑOS,

DECLARA:

1- UNA UNIVERSIDAD MODERNA Y PROGRESISTA HA DE CONTEMPLAR LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE COMO UN SERVICIO NECESARIO A TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

2- CUALQUIER ACCIÓN QUE SE REALICE EN ESTE ÁMBITO, IRÁ ENCAMINADA A MEJORAR EL PROCESO EDUCATIVO Y POSIBILITARÁ UNA SENSIBILIDAD Y ACERCAMIENTO DE TODA LA SOCIEDAD A UN FENÓMENO TAN IMPORTANTE Y QUE OCUPA UN ESPACIO DE AUTÉNTICA DIMENSIÓN Y VERTEBRACIÓN SOCIAL COMO ES EL DEPORTE.

3- SI BIEN LA FISU TIENE COMO OBJETIVO PRIORITARIO LA CELEBRACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE COMPETICIONES DEPORTIVAS DE CARÁCTER INTERNACIONAL, ESTA PREOCUPADA POR EL DESARROLLO DE UNA ACTIVIDAD FÍSICODEPORTIVA EN TODO EL ÁMBITO ACADÉMICO HACIENDO POSIBLE LA CONVIVENCIA ENTRE EL DEPORTE Y LA FORMACIÓN DE LOS INDIVIDUOS.

4- PARA UN APOYO FIRME Y DECIDIDO DESDE LA UNIVERSIDAD AL HECHO FÍSICODEPORTIVO SE PROPONEN LAS SIGUIENTES LÍNEAS DE ACCIÓN:

– SENSIBILIZACIÓN DE LOS RECTORES DE LA IMPORTANCIA Y LAS POSIBILIDADES QUE TIENE EL DEPORTE DESARROLLADO EN EL SENO DE LA UNIVERSIDAD.

-PROPICIAR ENCUENTROS DE ORGANISMOS GUBERNAMENTALES IMPLICADOS EN EL DEPORTE, ORGANISMOS DEPORTIVOS Y UNIVERSIDADES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE FORMA CONJUNTA.

– DESARROLLAR ACTIVIDADES REGIONALES SOSTENIBLES, EN EL TIEMPO Y LOS OBJETIVOS, QUE SUPONGAN UNA VERTEBRACIÓN DEL DEPORTE UNIVERSITARIO A NIVEL MUNDIAL.

5- EXISTE UN PROBLEMA DE COMUNICACIÓN Y DE INFORMACIÓN SOBRE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS UNIVERSITARIAS EN EL MUNDO QUE HA DE SER ABORDADO CON IMPLICACIÓN DE TODOS LOS AGENTES.

6- DIFUNDIR LAS CONCLUSIONES DE ESTE FORO MUNDIAL A LAS UNIVERSIDADES, GOBIERNOS, ORGANISMOS INTERGUBERNAMENTALES, ORGANIZACIONES DEPORTIVAS, MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y OTRAS INSTANCIAS APROPIADAS.

COLIMA 30 DE NOVIEMBRE DE 2002